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Abogado César Maldonado

¿Qué hacer con los trámites de extranjería mientras dure el estado de alarma?

Son muchas las dudas que surgen durante los días del estado de alarma decretado por el gobierno, especialmente ahora que las administraciones públicas han cerrado sus puertas a causa de la crisis sanitaria, suspendiendo la mayoría de los trámites presenciales. 

Esta serie de preguntas y respuestas puede servir de guía a los ciudadanos extranjeros que dependen de la vigencia de su documentación, sus citas o el inicio de trámites para su residencia y poder así mantener al día su estatus migratorio para permanecer en España legalmente.

1.-Si estoy sin papeles en España y enfermo de coronavirus, ¿me detienen y expulsan si voy al hospital?

Puede ser atendido en la sanidad pública, es imposible ser discriminado, desde el pasado 17 de julio en el Boletín Oficial del Estado, se aprobó el Real Decreto Ley 7/2018 de Sanidad Universal. Una garantía para la cobertura sanitaria a los inmigrantes ‘sin papeles’ que revertía el Real Decreto 16/2012, cuya implementación lo practica cada Comunidad Autónoma. 

No existen detenciones en los Centros Hospitalarios.

2.-Si estoy irregular en España y la policía me detiene en la calle ¿cuál será el procedimiento? ¿Me expulsarán de España?

Es función policial, el control e identificación de las personas, deben llevar cada uno la documentación que le permita identificarse. Si estás irregular es probable que te inicien un procedimiento administrativo-policial de sanción, lo que terminará en una multa o expulsión que se debe resolver durante los siguientes seis meses. 

Actualmente al estar cerrado los CIEs (Centro de Internamiento de Extranjeros) por razones de pandemia, será muy difícil que se te detenga e interne en estos centros, por el contrario, debido a la crisis sanitaria este Gobierno ha liberado a todos los internos pendientes de expulsión.

3.-¿Qué hago si mi tarjeta de residencia se ha caducado en pleno estado de alarma?

Hay una suspensión de plazos dentro del estado de alarma, y si hubiera caducado tu permiso en ese periodo se entiende PRORROGADO, así está sucediendo con el DNI, el permiso de conducir y los exámenes de ITV, mientras dure el estado de alarma.

4.- ¿Seguiré recibiendo ayudas del sistema de acogida si mi tarjeta de solicitante de asilo caduca durante el estado de alarma?.

En la fecha se considera prorrogando también tu situación de beneficiario de asilo, así hasta la finalización del estado de alarma.

5.- Tengo una cita para realizar un trámite de extranjería ante la Administración, la había pedido desde hace tiempo y ha coincidido con el estado de alarma. ¿Qué hago?

En la fecha están suspendida las “atenciones presenciales” al que acudíamos PREVIA CITA, así es en todas las dependencias públicas, juzgados, incluidas las de extranjería y policía.

6.- ¿Qué puedo hacer si la documentación que me pidieron en extranjería (certificado de antecedentes penales de mi país, etc ) caduca en pleno estado de alarma? 

Estos documentos están prorrogados de forma automática, siempre que la caducidad haya sucedido dentro del estado de alarma. Así lo recoge la disposición adicional tercera del Real decreto 463/2020 del 14 de marzo, como lo viene recordando el numeral 4º de la Secretaría de estado de migraciones, en su última nota de prensa del 19 de marzo de 2020.

7.-¿Cuándo podremos volver a pedir cita en extranjería?

Se están firmando convenios con diversos colegios profesionales para que los trámites se realicen vía Internet y por medio de estos profesionales. Tanto por la salud pública del administrado y del funcionario, así como por una celeridad en la era de la globalización digital.

Estos trámites serán VÍA FIRMA DIGITAL – INTERNET, y se requiere que el profesional sea el DEPOSITARIO DE ESA FE PÚBLICA DOCUMENTARIA, y que sea adscrito al sistema estatal del USO DE FIRMA DIGITAL, por lo que NO será necesario la obtención de las “difíciles citas previas”, esta nueva modalidad responde más a tiempos actuales.

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www.maldonadoabogados.net
Gabinete Jurídico: Maldonado & Abogados
Calle Santa Engracia, 146 Bajo “A” Madrid.
Metro: Cuatro Camino. Teléfonos: 910.133.525 Móvil 626.222.627
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Si quieres orientación jurídica sobre éste u otros asuntos legales, deja un mensaje al final de este artículo

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