Madrid.- El Ministerio de Justicia y los Notarios españoles han firmado un acuerdo para que los actos de jura de la adquisición de la nacionalidad española sean registrados en los despachos notariales, dado la consideración de que, los Notarios ejercen funciones públicas. Esta medida responde al plan intensivo de Nacionalidad que el actual Gobierno viene implementado con la finalidad de resolver el grave atasco documentario generado en las tramitaciones de las solicitudes de adquisición de la nacionalidad española, trámites que duran actualmente de 2 a 4 años en resolverse. Esta medida de simplificación generará que, alrededor de medio millón más de extranjeros obtengan, ahora sí, una respuesta a su solicitud de adquisición de nacionalidad española.
La “jura ó promesa” es un acto solemne que consiste en el compromiso de expresar obediencia al Rey, a la Constitución y a las Leyes españolas, así como en su caso, se podrá renunciar a su nacionalidad anterior, indicar el establecimiento de su vecindad civil y la determinación del nombre y apellidos adaptados al castellano, dicho acto es previo y obligatorio a la concesión del certificado de nacimiento.
Esta «jura o promesa» será gratuita en todo los despachos notariales, a través de un “acta de manifestación notarial” donde quedará sentada la celebración de la jura o promesa y se notificará por el mismo Notario al registro civil donde se ha iniciado el trámite, quedando en espera solamente que entreguen la correspondiente certificación de nacimiento español, cuyo primer ejemplar sirve para la obtención del documento nacional de identidad (DNI) y del pasaporte español, en tal sentido, toda persona que compruebe que su expediente de nacionalidad ha salido «favorable» a través de la página web del Ministerio de Justicia deberá acudir a una notaría en los próximos días y realizar el acta de manifestaciones de jura.
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