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Ecuador es el segundo país en despenalizar la eutanasia, después de que lo hiciera Colombia

El Tribunal Constitucional de Ecuador legaliza la eutanasia por el caso de Paula Roldán, una enferma de ELA

Los magistrados piden elaborar un proyecto de ley de acuerdo a la sentencia, que deberá ser debatido y aprobado por el Congreso

Médico atiende a un paciente en Ecuador/ Foto:  Juan Diego Montenegro/SOPA Image / DPA /  Archivo OCIO LATINO

El Tribunal Constitucional de Ecuador ha aprobado este miércoles la legalización de la eutanasia en el país tras una demanda de Paula Roldán, una mujer que padece esclerosis lateral amiotrófica (ELA), y ha ordenado la creación de una ley al respecto tras concluir que este tipo de intervención no es inconstitucional si se dan ciertas condiciones.

“La Corte esclareció que el derecho a la vida digna tiene dos dimensiones, por un lado, la subsistencia y, por otro lado, la concurrencia de factores mínimos que permitan que dicha existencia sea decorosa. La dimensión de dignidad podría verse menoscabada cuando el titular no se encuentra en la capacidad de ejercer sus derechos de forma plena porque atraviesa una situación de sufrimiento intenso que le impide llevar a cabo su proyecto de vida, contradiciendo sus valores, ideales y metas de desarrollo personal”, reza un comunicado del Tribunal publicado en su cuenta de la red social Facebook.

“En este caso, sería irrazonable imponer a quien atraviesa esta situación la obligación de mantenerse con vida. Esta libertad le otorga a la persona la facultad de elegir su destino vital y personal de acuerdo con sus ideales y convicciones”, ha agregado el juzgado.

Así, los magistrados han declarado constitucional la eutanasia “siempre y cuando” exista un consentimiento “inequívoco, libre e informado” del solicitante, que deberá estar sometido a un “sufrimiento intenso provocado por una lesión necesariamente deberá ser de carácter corporal, grave e irreversible o una enfermedad que sea grave e incurable”.

La decisión ha sido respaldada por siete votos a favor, uno de ellos concurrente, y dos votos salvados. El Tribunal ha ordenado al Ministerio de Salud Pública elaborar un reglamento para este tipo de procesos. Además, la Defensoría del Pueblo tendrá un plazo de seis meses para elaborar un proyecto de ley en concordancia con la sentencia, que la Asamblea Nacional deberá debatir y aprobar en doce meses. Con esta aprobación, Ecuador se ha convertido en el segundo país en despenalizar este procedimiento, después de Colombia./ Europa Press

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