Con esta nueva medida, todos aquellos inmigrantes en situación de desempleo y que procedan de países extracomunitarios con los cuales España haya firmado convenios bilaterales en materia de Seguridad Social (Argentina, Brasil, Chile, Colombia, Ecuador, México, Perú, R. Dominicana, Uruguay y Venezuela, etc.) podrán asegurarse un retorno con las máximas garantías. En primer lugar, porque podrán cobrar por anticipado toda su prestación por desempleo y, en segundo lugar, porque podrán computar todas las cotizaciones realizadas en España y en su país de origen a efectos de su pensión futura.
¿Quién se puede acoger a este plan?
Los trabajadores y las trabajadoras inmigrantes que reúnan los siguientes requisitos:
-Estar inscritos como demandantes de empleo en el Servicio Público de Empleo correspondiente.
-Encontrarse en situación legal de desempleo como consecuencia de la extinción de la relación laboral.
-Tener reconocido el derecho a la prestación por desempleo del nivel contributivo, sin compatibilizarlo con un trabajo a tiempo parcial.
Comprometerse a:
-Retornar al país de origen en el plazo máximo de 30 días naturales contados desde la fecha del primer pago de la prestación.
-Hacerlo, en su caso, en compañía de los familiares reagrupados sin una autorización de residencia independiente.
-No retornar a España en el plazo de 3 años para residir y/o realizar una actividad lucrativa o profesional.
¿Cómo se paga la prestación por desempleo?
Es posible que tu navegador no permita visualizar esta imagen.El abono de la prestación por desempleo se realizará en dos plazos: el 40% en España, una vez reconocido el derecho, y el 60% en el país de origen, entre los 30 y 90 días naturales desde la fecha del primer pago de la prestación.
Quien se acoja a este plan ¿Podrá regresar a España en el futuro?
Sí. Transcurrido un periodo de 3 años, los trabajadores y las trabajadoras podrán solicitar la autorización para trabajar y residir en España. Y, de igual modo, tendrán derecho preferente para incorporarse al contingente anual de trabajadores extranjeros no comunitarios.
Las personas que se acojan al retorno voluntario y que posteriormente regresen a España, recuperarán su condición anterior como residentes temporales o permanentes.
Ayudas complementarias:
El Ministerio de Trabajo e Inmigración, a través de la Secretaría de Estado de Inmigración y Emigración, podrá complementar con ayudas para el viaje a sus países de origen:
* Pago del billete internacional desde España a su país.
* En caso necesario, abono de los gastos de desplazamiento en España desde su domicilio actual hasta la ciudad de salida a su país de origen. Se podrá incluir el abono de los gastos de alojamiento de una noche por motivos de viaje.
* Concesión de una ayuda económica de viaje de 50€ por cada uno de los miembros de la unidad familiar.
* Cobertura de gastos imprevistos debidamente justificados.
Procedimiento para recibir estas ayudas:
* Una vez que el Servicio Público de Empleo Estatal (INEM) reconozca el derecho a percibir el abono acumulado de la prestación por desempleo, el interesado o interesada deberá ponerse en contacto lo antes posible con la Dirección General de Integración de los Inmigrantes, Secretaría de Estado de Inmigración y Emigración, llamando al teléfono 902 88 21 20.
* La Unidad de Retorno Voluntario de la Dirección General de Integración le facilitará información detallada sobre las ayudas complementarias y le pondrá en contacto con la organización, más cercana a su domicilio, encargada de la tramitación de estas ayudas.
* Esta organización comunicará a la Dirección General de Integración de los Inmigrantes la identidad de las personas que hayan recibido ayudas complementarias, indicando la fecha de salida y el lugar de destino.
*Despacho de Abogados: Judith Tabares y Abogados
Calle Gran Vía 80, Oficina 1008-1009. Metro Plaza de España.
Teléfonos de consulta: 807-505577 ó 91-5484793
Hay 31 comentarios en este artículo
Quiero acogerme al plan de retorno voluntario para regresar a Peru, es posible si tengo la residencia en regimen comunitario por mi esposa? Y ademas, estoy tramitando la nacionalidad española pero mi expediente sigue en estudio, con lo cual en teoría no soy español, pero seria este un motivo de rechazo a mi solicitud del cobro acumulado? Y en ese caso, si renuncio a la nacionalidad española podria cobrarlo? Tendria que esperarme a que salga la nacionalidad para recien poder renunciar a ella?
Gracias por su respuesta
si me acojo al retorno voluntario me darian solo lo que tenga de paro o tambien me dan el subcidio por que si es solo para seria muy poco gracias por su respuesta.
las personas qe hayamos solicitado la nacionalidad española y que ya haya salido resuelta, pero no me presente a firmar, y estoy haciendo mis tramites normales de mi permiso de residencia permanente, para que cuando se de el momento pueda acogerme al retorno voluntario, no tendre problema posterior, por ya haber salido resuelto la nacionalidad? Agradezco de antemano por su respuesta
Quiero acojerme al plan de retorno voluntario y quisiera saber si en esta ley te dan alguna ayuda para llevar tus pertenencias como: vehiculo,moto y otros. Estamos exhonerados de algun impuesto o pago tanto como la salida y llegada a nuestro pais de origen?.Gracias por su respuesta
URGENTE!!!
1.- quiero porner en conocimiento lo siguiente , las personas que no tengan estadia legal en españa ( no pueden acceder al retorno voluntario) en otras palabras tendra que conseguir su propio billete de avion , la que el INEM se niega a accederles el vuelo …ESTO ES COMPROBADO
2.-las personas que tengan la documentacion en regla y que no tengan la ayuda del paro tampoco pueden pueden acceder al retorno voluntario ( si estas cobrando la ayuda de subsidio o la ayuda familiar ) te jodistes por que no te podran ayudar
3.- te envian ala cruz roja pero con suerte te irias en medio año , y si no tienes trabajo para sibsistir en españa , lamentablemente tendrias que esperar mucho para poder salir ….y eso que lo minimo de espera es 6 meses …ya que he hablado con varias personas que llevan como un 1 año en espera
4.- soy un joven peruano , actualmente tengo trabajo eventual ..pero la necesidad de estar cerca a mi familia me obliga a retornar ..si alguna persona este buscando trabajo y la este pasando fatal
“podria trabajar conmigo ” NOTA: estamos para ayudarnos juntos afrontaremos esta crisis
5.- mi nombre es johan mi telefono es 649302451 si quieren saber algo del tema de retorno llamenme sin costo alguno GRACIAS
Hola, soy brasileña y mi marido tambien estamos en Brasil hace dos años y hasta hoy no ha venido los 60%, cuidado, porque intento por internet hablar con ellos y saber que ha pasado pero nunca me contestan para nada, si podeis me ayudar muchas gracias! Para salir de España han hecho todo muy rapido, pero muy, muy, muy…y despues que llegamos aqui, estamos esperando hasta hoy!!! gracias!!!
HOLA JENFER: Debes hacer un escrito de Queja ante el Consulado español de donde vivas en Brasil, que te lo firmen y te quedas con una copia, sino busca un abogado y que le exija al Consulado que te pague, sino tendrás que demandar, pero hazlo, no lo dejas, intenta que te den una entrevista, vete personalmente al Consulado no por teléfono y haz el escrito, ok, me dices después, chao, Judith
Hola, soy reagrupado por mi exmujer tengo la residencia permannente , quisiera saber si puedo acogerme al plan de retorno voluntario a mi pais, estoy separado legalmente. tengo cinco años de cotizzacion a la seguridad social, ¿ cuánto puede ser retribución económica si me puede someter a este plan?. Agradezco la información que me puedan brindar. un saludo
hola soy de nacionalidad ecuatoriana y quiero solicitar el retorno voluntario,mi pregunta es:soy casao aca en españa con una chica de nicaragua y ella no tiene papeles legales.ella puede entrar en el retorno con migo encuanto a lo dela repatriacion gracias
HOLA JENFER SOY BRASILEIRA, OLHA NO SEU CPF .FALAR COM SEU GERENTE DO BANCO ,O MEU DINHEIRO FICOU PARADO NO MEU BANCO POR 2 MESES.PORQUE A RECEITA FEDERAL QUE SABER DE ONDE VEM ESTE DINHEIRO.
Buenas tardes soy de nacionalidad ecuatoriana,y quisiera saber que tiempo puede tardar la respuesta para la solicitud del retorno voluntario , ya que la mia he presentado el 13 de junio, junto con la solicitud del paro;esta ya me la aprobaron pero la del retorno voluntario no.Espero pronta contestación gracias.
HOLA SOY ECUATORIANO CON NACIONALIDAD ESPAÑOLA QUIEROSABER QUE SI PUEDO ACOGERME AL RETORNO VOLUNTARIO TAMBIEN SABERSI PUEDO LLEVAR UN VEICULO YO NO PIDO QUE ME AYUDEN CON LOS VILLETES YO QUIERO Q ME AYUDEN CON LA EXONERACION DE LOS IMPUESTOS DE ADUANA ESPERO UNA CONTESTACION GRACIAS
Hola Buenas tardes,
Soy de nacionalidad norteamericana y quisiera saber el tiempo que puede tardar la respuesta para la solicitud del retorno voluntario Tengo una situación familiar bastante urgente que requiere mi inmediato atención. A demás me gustaría saber si es verdad que el tope por mensualidad acumulado es solo de 1.000 euros. Tengo 14 o 15 meses de paro acumulado y la primera (y ultima) vez que cobraba el paro, la cantidad era 1.500 euros por mes. Gracias
Quisiera saber cuanto tiempo demoran en aprobar la solicitud de retorno, soy peruano, tengo mi pasaje para el 15 de noviembre. Además quisiera saber cuanto me correspondería cobrar si he trabajado 3 años en una misma empresa con una mensualidad de 1,500 euros. Gracias
Me estoy acogiendo a la ley de retorno voluntario, soy de nacionalidad peruana, quisiera saber cuanto tiempo se demora en aprobar mi solicitud, tengo mi billete para el 15 de noviembre. Además, quisiera saber cuanto me correspondes cobrar por el acumulado, ya que he trabajado 3 años en la misma empresa con un sueldo de 1500 euros. Gracias.
HOLA A ANGEL Y A VANCE: El tiempo que demora la respuesta suele tardar unos mese, pero para eso es mejor preguntar en el INEM pues dificilmente alguien pueda decirle lo contrario, es el propio organismo quien deben informarles de todos los pormenores, de la cantidad y demás, ya que esto es un tema administrativo no de abogacía, un saludo Judith
hola judid, todavia sigue el retorno voluntario , pero si estamos en crisis. gracias
yo tengo nacionalidad española puedo acojerme al retorno voluntario tengo 10 años cotizados nunca me fui al paro gracias por su orientacion
Hola , soy colombiana y soy reagrupada por mi esposo tengo 20 años y me gustaria volver a mi pais pero no c si pueda por ser reagrupada, el no quiero irse solo yo y siempre trabaje d camarera pero mis nominas eran muyyy bajas asi que no se porke nunca e cobrado ni paro ni ayuda por favor necesito una respuesta muchas gracias
Hola si alguie me puede orientarme porque ya quiero irme a mi pais soy ecuatorina y tengo 6 año cotizando pero en la empresa que estoy no dan el paro y quisiera acogerme al retorno voluntario y que derecho tengo o cuanto cojere de acomulado ya que nunca he estado de baja ni mucho meno en el paro gracia
Necesito saber urgente cuanto tiempo demora en salir ,aproximadamente, el retorno voluntario…en el inem dificilmente le quieren informar a la gente, solamente te entregan un sobre con los requisitos, gracias. Apelo a su buena fe y experiencia
Necesito saber si puedo llevarme el menage de casa , he agotado todo el paro, y quiero regresar a mi pais ECUADOR, por favor si alguien puede informarme., puedo o no acogerme a este regreso voluntario. gracias de antemano.
hola, soy colombiana con la nacionalidad española con dos hijos con la nacionalidad española, tengo 5 años cotizados y quisiera saber si puedo acogerme al retorno voluntario y cuanto y como cobraria?.Gracias
buenos dias y feliz año 2012 .la presente consulta es que tengo 5 años de cotizacion a que cuantia tengo derecho si me acojo al retorno voluntario y que veneficios tendria por tener la tarjeta de larga duracion en caso de quere volver a españa.gracias por la atencion prestada
buenos dias y feliz año 2012 .la presente consulta es que tengo 5 años de cotizacion a que cuantia tengo derecho si me acojo al retorno voluntario y que veneficios tendria por tener la tarjeta de larga duracion en caso de quere volver a españa.gracias por la atencion prestada- se me olvidaba soy colombiano
Hola Soy de Perú tengo 5 años trabajando en españa, hace 4 días me quede sin trabajo estoy tramitando el paro pero quiero saber:
-Iniciando los tramites ahora en cuanto tiempo podre viajar.
-Si realizo el retorno voluntario me dan el 40 % de lo cotizado y el 60% en cuanto tiempo y si tengo alguna garantía que me den ese dinero o lo pierdo.
-Y por ultimo hay alguna ayuda de alguna entidad
Gracias:
Saludos Luis Quiroz
HOLA SOY PERUANO LLEVO 20 AÑOS EN ESPAÑA Y NO TENGO NACIONALIDAD PERO TENGO LA TARJETA PERMANENTE Y SE ME VENCE EN JULIO 2012 QUIERO SABER SI PUEDO ACOGERME AL RETORNO VOLUNTARIO NUNCA HE RECIBIDO EL PARO Y Y AHORA ME HE QUEDADO SIN TRABAJO Y ME DAN LOS PAPELES PARA EL PARO LLEVABA 4 AÑOS TRABAJANDO EN ESTA ULTIMA EMPRESA ANTERIORMENTE COTIZE EN VARIAS EMPRESAS SIN COBRAR NUNCA EL PARO ,MUXAS GRACIAS
,Yo retorne a Peru en junio y me dieron el 40%, pero no cumplen con lo acordado, el 60% a un no llega, estoy indignado con estos senores.
hola soy de argentina quiero saber si ya aprobaron la ayuda para el retorno voluntario- estoy apuntada desde diciembre en lista de espera cuanto tardanen ayudarte a regresar estoy sin trabajo y en marzo se me acaba una ayuda de 399e
abogada buenas tardes por favor me puede informarme sobre el curso de integracion cuando empieza gracias
HOLA ANDREW: Debes hacer un escrito y quejarte en el Consulado español, dejar una copia y que te lo sellen, para dejar constancia, y si tienes internet deberías escribirle también a la oficina del Servicio Público de Empleo Estatal , tengo un enlace que es: http://www.inem.es/inem/ciudadano/prestaciones/retorno_extranjero.html
Hazlo pues es una verguenza, vale, un saludo, Judith
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