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Las resoluciones de Extranjería tendrán “plenos efectos” mientras no tengas la Tarjeta de Identificación de Extranjero 

Una ciudadana en la puertas de la Oficina de Extranjería de Sevilla . / Foto: GOBIERNO DE ESPAÑA / Archivo OCIO LATINO

El objetivo de esta medida es “trasladar tranquilidad” a las personas que se encuentren a la espera de obtener cita para el trámite de huellas o de expedición de la Tarjeta de Identificación de Extranjero (TIE), y “proteger la seguridad jurídica” de los extranjeros, según ha informado el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones.

Así, a través de un recordatorio que figurará en las resoluciones que expiden las Oficinas de Extranjería, se subrayará que la mera tenencia de dicha resolución produce plenos efectos frente a la administración y frente a terceros.

Así, se permitirá que durante el periodo de tiempo que transcurre entre que el ciudadano recibe la resolución de la Oficina de Extranjería y el momento en que obtiene la Tarjeta de Identificación de Extranjero, pueda realizar los trámites en los que necesite acreditar su autorización de residencia o trabajo.

El Ministerio ha solicitado a las Oficinas de Extranjería que reflejen, a partir de ahora, esta especificación en todas las resoluciones de concesión, tanto iniciales como de autorizaciones prorrogadas o renovadas.

En todo caso, recuerda que la obtención de la Tarjeta de Identificación de Extranjero es “un derecho y una obligación” para aquellos extranjeros a los que se haya expedido un visado o una autorización para permanecer en España por un período superior a seis meses./ Europa Press

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