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Abogada Judith Tabares

Entrada a España como turista en el 2019. Requisitos. Causas de rechazo. Entrevista

Por Judith Tabares. Abogada / Ocio Latino /

Entrar a España como turista requiere múltiples requisitos, los cuáles hay que cumplir en su totalidad, entre ellos se encuentra acreditar el dinero que se tiene para toda la estancia en este país con el límite de hasta 90 días.

El Salario Mínimo Interprofesional del año 2019 ha subido a 900€, por lo que, para entrar a España como turista se exigirá el monto del 10% del salario mínimo, o sea, 90€ por día y persona, para justificar su manutención y cobertura de gastos durante toda su estancia.

Por tanto, es muy importante actualizar todos los requisitos de entrada a España como turista, desde el dinero que se exige, seguro con cobertura hasta 30 mil euros, carta de invitación, billete de ida y vuelta, pago de Hotel o Tour completo (no reserva) y conocimiento de lugares de interés donde se va visitar.

A tal efecto, hemos querido orientar sobre las posibles causas que existen para que lo rechacen en el aeropuerto, así como la entrevista que le pueden efectuar y la necesidad de que cumpla cada uno de los requisitos que se exige para entrar a España.

Causas de Devolución o Rechazo en Aeropuerto:

Los errores fundamentales que están cometiendo los turistas que pretenden entrar a España son:

No traer la Carta de Invitación, no tener el TOUR PAGADO (no vale solo reservación de Hotel por unos días, hay que pagarlo entero), no justificar el dinero suficiente para la estancia, o sea, los 90€ por cada día de estancia y persona; no conocer lugares y sitios de interés de Madrid o lugar donde vengan a pasar las vacaciones; mentir en la entrevista de que no tienen familiares o no conocen a nadie en España; haberse pasado del tiempo de estancia si entraron a España con anterioridad, o sea, haber estado más de 90 días; no justificar un arraigo importante en su país de origen (casados, con hijos, trabajo); falta de documentación exigida y no contestar en la entrevista a las preguntas de la autoridad, entre otras muchas preguntas según sea el caso y las circunstancias del pasajero y el país que procede.

Requisitos generales para para entrar a España como Turista son:

la carta de invitación efectuada ante la policía local en España, trámite muy sencillo que debe hacer el invitante aportando determinados documentos como el Padrón Familiar, Contrato de Alquiler o Propiedad, copia Pasaporte Invitado, pago de las Tasas correspondientes por expedición de esta carta.

Dinero o Solvencia para que el turista demuestre que se puede mantener, en este sentido se le exige ingresar con suficiente dinero en efectivo, cheque con respaldo del Banco, tarjeta de crédito con respectivos extractos bancarios actualizados y expedidos directamente por la entidad bancaria, el monto exigido es de 90 euros por cada día de estancia.

Billete de avión de ida y vuelta.

Conocimiento de quién lo invita, lugar dónde va a residir durante su estancia, etc.

Sugerimos que si el invitante (quien hace la carta de invitación) estuvo indocumentado en España en algún momento de su vida en España, no le haga la carta de invitación, pues lo están investigando y solo por ese motivo no le dejarán entrar.

– Pago del Hotel durante toda su estancia en España. En la actualidad recomendamos que no lo reserve, sino que lo pague entero, además si viaja dentro de España que traiga igualmente los traslados y pagos de los Hoteles pertinentes.

Seguro de viaje obligatorio que cubra lo siguiente:

– garantizar €30.000 de cobertura médica por enfermedad o accidentes; así como repatriación funeraria y sanitaria.

Cuidado con aquellos turistas que ya hubiesen visitado con anterioridad España y se pasaron del tiempo de estancia permitido de los 3 meses, en este supuesto, lo más probable es que no sean admitidos en el aeropuerto, por haber incumplido la normativa de extranjería en cuanto al plazo límite salir de España, por lo tanto, siempre es mejor salir de España antes de vencerse el plazo y volver a entrar o pedir prórroga en su caso.

 

Tiempo para poder volver a entrar a España: Una vez que el turista regrese a su país de origen, puede volver a entrar a España, pasado los 90 días (3 meses). En este caso, debe volver cumpliendo de nuevo con todos los requisitos de entrada (carta de invitación, dinero, etc.).

 

Entrevista en el aeropuerto al pasajero:

Los funcionarios de policía una vez que ven indicios de que pueda faltar algún requisito por parte del pasajero o turista para autorizar la entrada a España, efectúa una entrevista, donde tiene que estar el Abogado presente y suelen hacer una serie de preguntas en orden a determinar el motivo de su visita a España.

 

En general se le preguntará lo siguiente:

Sobre las ciudades que viene a conocer.

-Qué lugares de interés va a visitar.

-Si tiene contratado viaje organizado, debe mostrar los documentos  que lo avalan de los Hoteles, traslados y pago del mismo.

-Si viaja solo o acompañado.

-Cuántos días va a permanecer.

-Si tiene alojamiento contratado y pagado (apartamento, estudio, etc.).

-Si conoce alguna persona en nuestro país.

-Cuánto dinero trae en efectivo y si tiene cheques, tarjeta de créditos con certificado del banco que avale la cantidad.

-Profesión o trabajo en su país de origen.

-Cuánto dinero gana.

-Si tiene familia y quiénes en su país de procedencia.

-Cuánto tiempo lleva preparando el viaje y si lo ha hecho con agencia, cuál agencia.

-Si compró personalmente el pasaje.

-Quién lo invita, si viene con carta de invitación.

-Qué Seguro de Viaje trae y qué cobertura tiene.

 

Cualquier otra pregunta encaminada a verificar la veracidad del motivo del viaje para entrar a España.

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Guía del Ocio Latino / Abogados y Asesorías latinas en Madrid, España:
Despacho de Abogados: Judith Tabares y Abogados
San Bernardo 13, 1º izda. 28015 Madrid . Metro Callao / Santo Domingo.
Teléfonos de consulta: 807-505577 ó 915-484793
Web: www.judithtabares.com
También puedes dejar tu comentario más abajo y
Judith Tabares te responderá en esta misma web.

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