Escribe: César Maldonado – Abogado especialista en Extranjería
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El permiso de trabajo provisional es una autorización que habilita a los extranjeros para trabajar legalmente en España mientras se tramita su autorización definitiva de trabajo por el procedimiento de regularización extraordinaria.
Es la novedad introducida en la dación del Real Decreto 316/2026, del 14 de abril, por el que se modificó el Reglamento de Extranjería, publicado el 15.04.2026 en el BOE número 92, y en su disposición adicional vigesimoprimera, acápite 4) establece que: “Con la comunicación de inicio de la tramitación del procedimiento previsto en esta disposición adicional y hasta que se resuelva, se habilitará, de forma provisional, a las personas solicitantes a residir y a trabajar por cuenta ajena y por cuenta propia en todo el territorio nacional y en cualquier ocupación o sector de actividad. En la comunicación de inicio se hará constar que la persona solicitante está habilitada provisionalmente a trabajar. En su caso, una vez concedida la autorización definitiva, su eficacia se retrotraerá al momento en el que se presentó la solicitud”. Por tanto, puede aplicarse tanto a trabajo por cuenta ajena (empleo en una empresa o empleador autónomo o para un jefe de familia), o como a trabajo por cuenta propia (alta como autónomo o iniciar un negocio) en cualquier sector económico y en todo el territorio español.
Cómo funciona: El derecho a trabajar se activa una vez que la solicitud es admitida a trámite, lo que suele ocurrir aproximadamente 15 días después de haber presentado la solicitud de regularización, le llega al trabajador, tanto el número de NUSS (de la Seguridad Social), así como el permiso provisional y requerimiento del pago de la tasa, este plazo hoy se extendió debido a la cantidad de solicitudes ingresadas a la fecha, más de un millón trescientas mil es lo que se viene informado de fuentes oficiales.
Con la reforma de extranjería de 2026, se crea esta vía rápida para obtener este permiso provisional y excepcional, especialmente para trabajadores solicitantes de arraigo o protección internacional. Esto permite trabajar legalmente desde el inicio del trámite, eliminando la espera prolongada que existía anteriormente de varios meses y la respuesta de la Administración se hace esperar y es muy perjudicial la espera al trabajador extranjero que tiene que pagar su vivienda y alimentación. La solicitud de estos permisos ha tenido fecha límite hasta el 30 de junio de 2026.
En resumen, el permiso de trabajo provisional es una herramienta legal, novedosa creado con el proceso de regularización que permite a los extranjeros trabajar de manera inmediata mientras se resuelve su autorización definitiva, ofreciendo seguridad jurídica tanto al trabajador como al empleador en esa fase de espera o tramitación, y que por el criterio interpretativo emitido por el Director General de Gestión Migratoria, con fecha 22 de julio último, sostiene respecto de la validez del permiso provisional que, durará mientras no haya resolución definitiva del proceso de regularización, y no así, a los tres meses donde se deducía que operaba el silencio administrativo en sentido negativo, criterio que aclaró las dudas que hasta esa fecha se preveía en los pasillos Ministeriales.
