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Habrá papeles para los extranjeros padres de niños españoles según el Reglamento de la Ley de Extranjería

El Gobierno regularizará a los inmigrantes sin papeles que tienen hijos menores de edad a su cargo de nacionalidad española.
Así se recoge en el borrador del Reglamento de la Ley de Extranjería que ha presentado esta mañana en rueda de prensa la secretaria de Estado de Inmigración, Anna Terrón.
En el texto, que desarrolla la ley aprobada a finales de 2009, se introduce una nueva figura, la de arraigo familiar, que se suma a las ya existentes de arraigo social y arraigo laboral.
Según se recoge en el artículo 122 del Reglamento, el arriago familiar permite conceder al Gobierno una autorización de residencia “cuando se trate de padre o madre de un menor de nacionalidad española, siempre que el menor esté a cargo de y conviva con el progenitor que solicite la autorización”. Y, también, “cuando se trate de hijos de padre o madre que hubieran sido originariamente españoles”.
El arraigo laboral se concede a los extranjeros sin antecedentes penales que llevan al menos dos años viviendo en España y que llevan trabajando al menos seis meses en nuestro país.
Mientras que el arraigo social se da a los extranjeros que llevan al menos tres años en España, no tienen antecedentes penales, disponen de un contrato de trabajo por al menos un año, tienen familia residente en nuestro país y su ayuntamiento o comunidad autónoma les ha emitido un informe de integración social favorable. (Yolanda Vaccaro)

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