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El Reglamento de la Ley de Extranjería rebajará de 3 a 2 los años necesarios para el arraigo social

Markus Gonzákez, director general de Inmigración del Ministerio de Trabajo e Inmigración del Gobierno, ha adelantado que en el Reglamento que desarrolla la Ley de Extranjería (ley que entró en vigor el pasado 12 de diciembre) reducirá de tres a dos los años necesarios para pedir tarjeta de residencia por arraigo social.
Actualmente para obtener el arraigo social los inmigrantes deben demostrar que llevan al menos tres años residiendo en el país, que no tienen antecedentes penales y que cuentan con un contrato de trabajo firmado por el trabajador y el empresario, contrato cuya duración no puede ser inferior a un año en el momento de la solicitud. También tienen que probar vínculos familiares con otros extranjeros residentes o presentar un informe que respalde su inserción social emitido por el ayuntamiento en el que tenga su domicilio habitual. Permanecerán todos los requisitos con excepción del periodo de tiempo exigido de estancia en España (sólo será necesario demostrar que se llevan dos años en el país).

Se podrá renovar la tarjeta de residencia estando en el paro si la pareja trabaja
Asimismo el citado Reglamento indicará que se podrá renovar el permiso de residencia a inmigrantes en paro si sus parejas trabajan y cumplen, en su lugar, los requisitos económicos para permanecer en España.
González ha precisado que el Reglamento “flexibilizará” la renovación de permisos para evitar la irregularidad sobrevenida por la crisis, después de que muchos inmigrantes hayan perdido su puesto de trabajo en sectores como la construcción.
El Reglamento debe estar listo antes de finales de este año.

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