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Los Registros Civiles dejan de tramitar expedientes de nacionalidad

Los Registros Civiles dejaron de tramitar los expedientes de nacionalidad desde el sábado 1 de julio de 2017, al concluir el régimen transitorio que contempla el nuevo procedimiento para la adquisición de la nacionalidad española por el cual, solo se podrá adquirir la nacionalidad española por vía electrónica.

Este nuevo procedimiento aparece recogido en la Ley de 2015 de medidas de reforma administrativa en el ámbito de la Administración de Justicia y del Registro Civil y ha sido objeto de desarrollo por medio de un Real Decreto por el que se aprobó el Reglamento que regula el procedimiento para la adquisición de la nacionalidad española por residencia. El procedimiento está sujeto al pago de una tasa de 100 euros, aparte del coste del examen.

Las principales novedades de este procedimiento tienen por objetivo “agilizar el proceso” y “reducir la complejidad” para el interesado, así como “mejorar la seguridad jurídica” a través de “una mayor objetividad”, según informan a Europa Press fuentes del Ministerio de Justicia.

Además, según precisan las mismas fuentes, con la entrada en vigor del nuevo procedimiento de concesión de nacionalidad por residencia, se facilita al interesado que pueda presentar la documentación desde cualquier lugar con acceso a Internet, sin necesidad de solicitar cita previa en los Registros Civiles.

Por el contrario, indican que el procedimiento anterior conllevaba “un retraso considerable” en el cómputo total del plazo de resolución de este tipo de expedientes y, dada la carga de trabajo que soportan los Registros Civiles, habitualmente la presentación de la solicitud suponía realizar diversas gestiones que se han visto “reducidas”, lo que redunda en “un ahorro de tiempo para el ciudadano que evitará esperas en el Registro Civil”.

Para solicitar la nacionalidad, los interesados deberán acceder a la Sede Electrónica del Ministerio de Justicia, siempre que dispongan de certificado electrónico. A continuación, deberán cumplimentar el formulario electrónico y adjuntar la documentación necesaria.

Desde noviembre de 2015, cuando entró en vigor el reglamento por el que se regula el procedimiento para la adquisición de la nacionalidad española por residencia, los interesados ya podían solicitarla por vía telemática, aunque se estableció un periodo transitorio –que finalizó el viernes 30 de junio– para que los solicitantes pudieran seguir tramitando sus solicitudes ante el Registro Civil correspondiente a su domicilio en soporte papel.

EXÁMENES DEL CERVANTES
Por otro lado, de acuerdo con el procedimiento anterior para la concesión de la nacionalidad española por residencia, el encargado del Registro Civil durante la tramitación de la fase previa del expediente oía al interesado en trámite de audiencia y de acuerdo con la función de calificación valoraba el grado de integración del interesado en la sociedad española, no estando establecidos unos criterios objetivos para realizar dicha valoración de cada encargado.

En el nuevo procedimiento se sustituyó esta valoración por las pruebas de idioma DELE y de Conocimientos Constitucionales y Socioculturales de España (CCSE), administradas por el Instituto Cervantes.

Para la elaboración del DELE, el Instituto Cervantes sigue las directrices establecidas en el Marco común europeo de referencia para las lenguas (MERC) y el Manual para relacionar exámenes con el MERC, documentos elaborados por el Consejo de Europa.

15 RESPUESTAS CORRECTAS SOBRE ESPAÑA
En cuanto a la prueba de Conocimientos Constitucionales y Socioculturales de España se establecen unos criterios de evaluación: para obtener la calificación de apto será necesario responder correctamente al 60 por ciento de las 25 preguntas que contiene. El mismo sistema se utiliza en el Sistema de Evaluación y Certificación de los Diplomas de Español DELE.

El proceso de calificación de las pruebas tiene una primera parte de calificación automática sobre la lectura de las hojas de respuesta de los candidatos. Posteriormente, la Dirección Académica del Instituto Cervantes, analiza los resultados globales.

Los candidatos que no superen las pruebas en la primera convocatoria, tienen derecho a realizar una segunda inscripción en la prueba sin que se deba abonar de nuevo el precio de inscripción, de acuerdo con las condiciones establecidas por el Instituto Cervantes. Además, se pone a disposición de los candidatos diversos materiales para la preparación de las pruebas.

A fecha de enero de 2017, un total de 112.185 ciudadanos extranjeros se habían presentado al nuevo examen para obtener la nacionalidad española desde que entró en vigor el 15 de octubre de 2015 la Ley de medidas de reforma administrativa en el ámbito de la Administración de Justicia y del Registro Civil.

CSIF LO TACHA DE “NEGOCIO MILLONARIO”
Por su parte, la Central Sindical Independiente y de Funcionarios (CSIF), tacha de “negocio millonario” la tramitación de los expedientes de nacionalidad y afirma que la implantación de una tasa de 100 euros por expediente ha supuesto “una recaudación de más de 15 millones de euros desde el año 2015”.

A su juicio, el motivo de esta modificación “no puede ser la mejora del servicio” pues asegura que “siguen los atascos”. “Se han incrementado los recursos contra las decisiones de los registradores, la tramitación se ha alejado del domicilio del solicitante y encima le cuesta dinero”, critica.

Por ello, CSIF considera que el servicio podría prestarse “de forma gratuita” dentro del Registro Civil. En todo caso, una vez implantado el nuevo procedimiento, propone algunas medidas para mejorar el servicio como “pagar el nuevo programa de Registro Civil que recientemente se ha licitado o acometer la reforma organizativa interna de los Registros civiles estableciendo un nuevo marco de funciones, responsabilidades y reconocimientos”. / Información de Europa Press

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