Ocio latino
páginas vistas
España, 8 de febrero de 2012 2:11h

La nueva Ley de Extranjería


  • Escribe: Judith Tabares Iglesias*
  • Estas son las novedades de la Ley de Extranjería que entró en vigor el 14 de diciembre:

    - Reagrupación familiar. Los inmigrantes residentes en España con la segunda autorización de residencia (más de un año de estancia legal en España) podrán reagrupar a sus familiares directos (hijos menores de 18 años o mayores con discapacidad, así como a su cónyuge o a su pareja de hecho), pero para reagrupar a sus ascendientes (padres o suegros), deben tener un permiso de residencia de larga duración (lo que hasta ahora se denominaba residencia permanente y que sólo se consigue tras cinco años de estancia legal en el país) y además, se exige, que dichos ascendientes han de ser mayores de 65 años de edad. Hay que demostrar la dependencia económica y que se dispone de alojamiento y de dinero suficiente.

    - Mayores de 16 años. Los hijos mayores de 16 años y el cónyuge o la pareja de hecho reagrupados, tendrán permiso de trabajo de forma automática.

    -Renovaciones. Para la renovación de las autorizaciones de residencia temporal, se valorará condenas por la comisión de un delito o falta, el cumplimiento de las obligaciones del extranjero en materia tributaria y de seguridad social, así como su esfuerzo de integración acreditado mediante un informe positivo de la Comunidad Autónoma.

    - Periodo de retención. Los extranjeros que se hallen en situación irregular podrán ser sometidos a un período de internamiento en el CIE de 60 días, prorrogable otros 10 días en casos excepcionales (por ejemplo, debido a una demora en los trámites de repatriación), siempre que el juez lo autorice. Hasta ahora, el período máximo de internamiento era de 40 días.

    - Explotación laboral. Además de abonar la multa correspondiente, los empresarios que contraten a inmigrantes en situación irregular deberán asumir los gastos que ocasione su repatriación. También serán castigados con multas de entre 10.001 y 100.000 euros por cada inmigrante quienes simulen una relación laboral con un extranjero para lograr su regularización.

    - Matrimonios de conveniencia. Contraer matrimonio con ánimo de lucro o para proporcionar a un extranjero el permiso de residencia será castigado con multas de entre 10.001 y 100.000 euros. Hasta ahora, esta práctica no estaba castigada directamente, por lo que era muy difícil de perseguir.

    - Expulsiones. La prohibición de entrada en el país durante un período de hasta 10 años que acarreaba la expulsión de los indocumentados queda reducida a 5 años. Los inmigrantes sorprendidos en situación irregular que, a juicio de la autoridad gubernativa, no ofrezcan riesgo de fuga tendrán un plazo de entre siete y 30 días para retornar voluntariamente a su país de origen. Si cumplen el compromiso, podrá ser revocada la prohibición de entrada en el país que hasta ahora acarreaba toda expulsión.

    *Despacho de Abogados: Judith Tabares y Abogados
    Calle Gran Vía 80, Oficina 1008-1009. Metro Plaza de España.
    Teléfonos de consulta: 807-505577 o 915-484793

    Web: www.judithtabares.com


     Comparte este artículo en Facebook

    Enviar por email Este artículo se ha visitado 3291 veces

    Hay 7 comentarios en este artículo

    Miguel Garrido comentó el 28.01.2010 a las 14:50

    Quisiera hacer una consulta.Soy cubano y tengo el nie que me ha sido dado por mi esposa que es ciudadana española y es responsable por mi.Ahora mi hermana quiere invitarme a canada para pasarme un tiempo con ella y no sé si podre ir cuando pida visa para canada.Esperando alguna respusta.

    Agradecido por todo
    Miguel Garrido

    manuel morales jimenez comentó el 05.11.2010 a las 21:42

    hola hace 40 dias presente la solicitud de regrupacion familiar para mi espoasa q se encuentra en peru
    tengo contrato indifinido y nomimas de 1260 eeuros presente 9 nominas
    hay algun motivo q me puedan dengar graciias

    liz carolina leon comentó el 09.11.2010 a las 15:06

    como podria hacerse en caso de q una persona estee en terapia intensiva y su hijo deba viajar a españa desde paraguay para no ser extaditado nuevamente del pais para conseguir un amparo q requisitos debe cumplit?

    Enrique comentó el 19.12.2010 a las 0:45

    Hola, Soy residente peruano en España con tarjeta permanente, mi hija es española, mi tarjeta de renovación está a la espera de poner las huellas, lamentablemente tuve que viajar a Perú con mi hija por motivos económicos y familiares hace un año y se me ha caducado aquí el permiso de retorno.
    ¿Tengo que solicitar una visa para volver a entrar a España? o cuál es el procedimiento?

    marisol comentó el 26.01.2011 a las 14:33

    hola quiero q me ayude,soy soy ecuatoriana y casada con un español tengo una niña nacida en ecuador de otro compromiso, y tiene 1 año y medio, y yo no trabajo, dependo de el, mi pregunta es puedo presentar los papeles de mi marido para reagruparla, ya que el trabaja y tiene piso propio.por favor respondame gracias

    bobih ould comentó el 27.02.2011 a las 21:12

    tengo un menor de 2años y 8meses pero en españa solo 5meses y yo tengo una residencia de larga duracion,cual es el procidmiento para que el menor pueda tener papeles

    juls comentó el 05.07.2011 a las 21:14

    Hola,

    Me gustaría que me explicaseis cuál es el procedimiento que un immigrante tiene que seguir para conseguir los papeles, y que condiciones deben cumplir. Me seríais de mucha ayuda porque estoy haciendo un trabajo sobre la immigración y en contra la xenoffobia.

    Gracias.

    Deja un comentario