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Abogada Judith Tabares

El finiquito

El finiquito es el documento que recibe un trabajador al finalizar la relación laboral con la empresa en la que trabaja y mediante el cual se saldan las diferencias salariales entre el trabajador y la empresa.

Al trabajador le corresponde percibir la parte del salario correspondiente, por los días trabajados en el mes del cese, la parte proporcional de las pagas extras y del periodo de vacaciones no disfrutadas (calculadas desde el 1 de enero del año en curso hasta el día de cese a razón de 2,5 días por mes y descontando los días disfrutados si los hubiese).

Mediante el finiquito el trabajador se obliga a no pedir ni reclamar posteriormente al empresario. Pero si el trabajador no está de acuerdo, no tiene obligación alguna de firmar el finiquito, aunque no percibirá las cantidades establecidas.

La firma del finiquito es habitual en la extinción de los contratos de trabajo, pero no es obligatorio para ninguna de las partes y, en caso de firmarse el finiquito, éste tendrá una gran importancia como documento probatorio, ya que demostraría el fin de las obligaciones del empresario con el trabajador.

También si el trabajador no está conforme con la cantidad establecida en el finiquito, puede firmarlo con el añadido “Recibido, no conforme” que le faculta a posteriores reclamaciones

El finiquito incluye:

Salario del mes en el que cesa; las vacaciones no disfrutadas (calculadas desde el 1 de enero del año en curso hasta el día de cese a razón de 2,5 días por mes y descontando los días disfrutados si los hubiera.); las Pagas extraordinarias (pueden ser “semestrales” lo cual se calcularía desde el inicio del semestre hasta la fecha de cese o
“anuales”, se recibirían las dos pagas extraordinarias calculadas desde la última vez que las recibió hasta la fecha del cese.
-Otros conceptos: Se incluirían posibles indemnizaciones ( cómo puede ser el caso de algunos contratos de duración determinada) y otras pagas extraordinarias reguladas en el convenio aplicable (cómo por ejemplo la paga de marzo o beneficios).

*Despacho de Abogados: Judith Tabares y Abogados
Calle Gran Vía 80, Oficina 1008-1009. Metro Plaza de España.
Teléfonos de consulta: 807-505577 ó 91-5484793

Web: www.judithtabares.com

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